Consejo de Cátedra
Composición del Consejo de Cátedra
El Consejo de Cátedra lo formarán:
-
El Rector/a de la Universidad de Granada (o persona en quien delegue), que asumirá la presidencia del Consejo de la Cátedra.
-
El Decano/a de la Facultad de Medicina de Granada (o persona en quien delegue).
-
El Vicedecano/a de Relaciones Internacionales de la Facultad de Medicina de Granada (o persona en quien delegue)
-
El Presidente/a de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Andalucía Oriental (o persona en quien delegue).
-
El Administrador/a de la Facultad de Medicina de Granada (o persona en quien delegue), que actuará como Secretario.
-
El Director/a de la Cátedra.
-
El Subdirector/a de la Cátedra.
Funciones del Consejo de Cátedra
Corresponde al Consejo de Cátedra:
-
Elevar la propuesta de nombramiento del Director/a y Subdirectora/or de la Cátedra, al Rector/a de la Universidad de Granada.
-
Elevar al Rector/a el cese del Director/a y Subdirector/a de la Cátedra, si fuera necesario.
-
Autorizar, supervisar y evaluar las actividades realizadas al amparo de la Cátedra.
-
Aprobar los presupuestos anuales de la Cátedra, así como autorizar el abono de las cantidades correspondientes a su financiación, en los términos previstos en el Anexo Primero.
-
Gestionar los recursos de la Cátedra.
-
Aprobar la Memoria Anual de Actividades, así como proponer las mejoras o modificaciones que se consideren necesarias para la consecución de los fines propuestos.
-
Elevar al Rector/a la programación anual de actividades.
-
El resto de la funciones no atribuidas al Director/a de la Cátedra
Funcionamiento del Consejo de Cátedra
El Consejo de Cátedra se reunirá al menos una vez al año. El Administrador/a de la Facultad de Medicina de Granada actuará como Secretario/a, levantando Acta de las reuniones.
Director/a de la Cátedra
El Director/a de la Cátedra es el órgano ejecutivo de la Cátedra, que será nombrado por el Rector/a, a propuesta del Consejo de Cátedra, debiendo tener la condición de profesor/a de la Universidad.
Corresponderá al Director/a de la Cátedra la dirección científica de la misma y la coordinación de las actividades que se realicen a su amparo, debiendo elaborar, al comienzo de cada año académico, una memoria de las actividades básicas que se llevarán a cabo durante el curso académico, con base a las líneas maestras contenidas en el Anexo Primero.
Al finalizar cada periodo, el Director/a de la Cátedra redactará una memoria de las actividades desarrolladas.
No obstante el contenido de la memoria de actividades, a lo largo del curso académico, podrán desarrollarse actividades complementarias que por razón de interés y oportunidad no hubieran sido incluidas en la mencionada memoria previa aprobación por el Consejo de Cátedra.
Subdirector/a de la Cátedra
El Subdirector/a de la Cátedra auxiliará y sustituirá por ausencia al Director/a de la Cátedra, como órgano ejecutivo de la misma, según se refleja en el punto 4.2. Será nombrado por el Rector/a, a propuesta del Consejo de Cátedra, debiendo tener la condición de profesor/a de la Universidad.
Provisión de la Cátedra
El director/a y el Subdirector/a de la Cátedra, que serán nombrados por el Rector/a a propuesta del Consejo de Cátedra, deberán tener la condición de profesores/as de la Universidad de Granada. La permanencia en el cargo será de un año renovable. Tanto el cargo de miembro del Consejo de Cátedra como el de Director/a y Subdirector/a carecen de retribución económica.